15/10/2025

Web3 y propiedad intelectual: cómo proteger tu marca en la era blockchain

 

El auge del Web3, los NFT y las tecnologías basadas en blockchain ha transformado la manera en que creamos, compartimos y monetizamos contenido digital.

Sin embargo, este nuevo entorno descentralizado también plantea desafíos legales inéditos: ¿cómo proteger una marca, una obra o una identidad comercial cuando todo circula sin fronteras ni intermediarios?

 

Qué entendemos por Web3 y por qué afecta a la propiedad intelectual

 

El término Web3 se refiere a una nueva etapa de internet basada en descentralización, tokenización y propiedad digital directa.

A diferencia del modelo tradicional (Web2), en el que las plataformas controlan los datos y los contenidos, en Web3 los usuarios pueden poseer y transferir activos digitales mediante blockchain.

 

Esto incluye:

  • NFTs (tokens no fungibles): representan obras, productos o identidades únicas.
  • Smart contracts: contratos autoejecutables que gestionan derechos y pagos de manera automática.
  • DAOs (organizaciones autónomas descentralizadas): nuevas estructuras colectivas de gestión empresarial.

Todo este entorno genera nuevos tipos de activos… y por tanto, nuevos riesgos y nuevas formas de infracción.

 

Riesgos legales más frecuentes

 

Aunque la blockchain ofrece trazabilidad, no garantiza automáticamente la titularidad legal. Algunos riesgos comunes:

  • Robo o copia de NFT: subir a una plataforma una obra sin permiso del autor sigue siendo una infracción, aunque esté “tokenizada”.
  • Uso no autorizado de marcas: logos y nombres de empresas aparecen en NFT o metaversos sin autorización.
  • Falsas licencias: smart contracts mal configurados pueden ceder más derechos de los previstos.
  • Jurisdicciones confusas: una infracción en blockchain puede afectar a varios países simultáneamente.

En otras palabras: la tecnología no sustituye al derecho, sino que exige nuevas estrategias de protección.

 

Cómo proteger tu marca y tus activos en el entorno Web3

 

  1. Registro en clases digitales

En el entorno Web3, registrar la marca en clases tradicionales (ropa, cosmética, etc.) puede no cubrir adecuadamente los usos digitales emergentes.

 

Se recomienda añadir:

  • Clase 9: incluye archivos digitales, NFT, software y productos virtuales descargables.
  • Clase 35: abarca servicios comerciales y de publicidad en plataformas virtuales o metaversos.
  • Clase 41: protege contenidos digitales educativos, de entretenimiento o experiencias inmersivas.
  • Clase 42: desarrollo de smart contracts y entornos Web3.

Solicitar protección como marca de la UE si se prevé uso transfronterizo.

Registrar diseños si hay elementos visuales digitales distintivos (skins, avatares, etc.).
Doctrina OEPM (Guía de clasificación): reconoce expresamente estas clases para usos virtuales/NFT.

 

  1. Registro de derechos de autor
    El registro oficial ante el Registro de la Propiedad Intelectual (RPI) en España o, como alternativa privada, Safe Creative, sí tiene valor jurídico superior a una simple prueba blockchain.
  • Blockchain puede servir como prueba de anterioridad o existencia, pero no otorga presunción de autoría ni protección legal automática como el registro RPI.
  • El art. 145 del TRLPI establece que el registro es voluntario, pero en la práctica facilita la prueba en juicio.

  1. Blockchain como herramienta complementaria
    El uso de blockchain como instrumento probatorio o de gestión de derechos es plenamente válido en España:
  • Sellado de tiempo: se usa como evidencia técnica de creación (timestamping).
  • Registro de transferencias/licencias: especialmente útil para activos tokenizados.
  • Garantía de autenticidad: en procesos de minteo de NFT, puede usarse como prueba de origen.

Base legal: Ley 6/2020 (servicios electrónicos de confianza), que reconoce efectos jurídicos al sellado electrónico cualificado.

 

  1. Vigilancia marcaria en entornos digitales
    La vigilancia activa en espacios Web3 es fundamental ante la descentralización y falta de control institucional directo. Las plataformas que mencionas son relevantes:
  • OpenSea, Rarible, Blur: marketplaces NFT donde se han documentado numerosos casos de infracción marcaria.
  • Decentraland, Sandbox: metaversos donde las marcas son usadas en avatares, terrenos o experiencias.
  • Lens, Farcaster: redes sociales basadas en blockchain donde pueden difundirse signos distintivos sin control.

Recomendación: establecer alertas automáticas, usar herramientas de scraping Web3 o contratar servicios especializados de vigilancia digital.


Ejemplos prácticos recientes

  • Hermès vs. MetaBirkin (EE. UU., 2023): un artista creó una colección de NFT inspirada en los icónicos bolsos Birkin de Hermès. El tribunal determinó que estos NFT infringían la marca registrada, ya que podían generar confusión sobre su origen o patrocinio.
  • Sentencia Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª), 20-04-2023: Primeros indicios sobre infracción marcaria en entorno digital (uso en NFT y marketplaces).
  • Nike y RTFKT Studios: Nike registró sus zapatillas digitales como NFT y posteriormente adquirió la startup RTFKT, especializada en productos virtuales. Gracias a ello, extendió la protección de su marca a la categoría de bienes digitales y metaversos.
  • Coca-Cola en Decentraland: la compañía lanzó una campaña en el metaverso Decentraland, utilizando NFT y experiencias virtuales para reforzar su identidad de marca. Todo ello acompañado de un control estricto sobre licencias y derechos de uso de sus activos digitales.

 

Estos casos demuestran que las grandes marcas ya están incorporando estrategias de protección de propiedad intelectual dentro del ecosistema Web3.

 

Cómo puede ayudarte Ingenias

 

En Ingenias, asesoramos a empresas, startups y creadores que desean dar el salto al entorno Web3 con seguridad jurídica.

Nuestros servicios incluyen:

  • Registro de marcas y diseños para productos digitales y NFT.
  • Redacción y revisión de licencias y smart contracts.
  • Vigilancia de marcas en plataformas descentralizadas.
  • Consultoría sobre protección de obras digitales y prueba en blockchain.

Conclusión

 

El futuro de la creatividad, la identidad y el comercio pasa por la Web3.

Pero sin una base legal sólida, incluso la innovación más disruptiva puede volverse vulnerable.

Combinar tecnología y derecho es la clave para que la propiedad intelectual siga siendo efectiva también en la nueva era digital.

 

 

 

En Ingenias, ayudamos a las marcas a adaptarse al futuro sin perder su esencia ni su protección.

 

Contáctanos para proteger tu marca en el mundo real y en el metaverso.

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