22/07/2025

Reforma del diseño de la UE: adaptación al entorno digital

 

El paquete legislativo está compuesto por el Reglamento (EU) 2024/2822 (Regulación de diseño de la UE) y la Directiva (EU) 2024/2823 (Directiva sobre protección de diseños), publicados en el Diario Oficial el 18 de noviembre de 2024. El Reglamento es directamente aplicable desde el 1 de mayo de 2025, mientras que la Directiva entró en vigor el 8 de diciembre de 2024, con plazo de transposición por los Estados miembros hasta el 9 de diciembre de 2027.

 

Cambios principales (Fase I)

  • Terminología y estructura
    • Se sustituye “Community Design” por “European Union Design (EUD)”.
    • Los diseños registrados y no registrados pasan a llamarse Registered EU Design (REUD) y Unregistered EU Design (UEUD) respectivamente.
    • Los tribunales especializados se denominan “EU Design Courts”.

  • Definición ampliada de diseño y producto
    • Diseño incluye ahora animaciones, transiciones y efectos visuales (movimientos o transformaciones de elementos estéticos) .
    • Producto comprende tanto artículos físicos como objetos no físicos: interfaces gráficas (GUIs), entornos virtuales, etc.

  • Alcance del derecho exclusivo
    • Se reconocen derechos contra impresiones 3D, archivos digitales (.stl) y transporte de productos no autorizados a través de la UE.

  • Cláusula de reparación (“repair clause”)
    • Exclusión de protección para piezas de recambio que restablezcan la apariencia original de productos complejos (“must‑match parts”), con período transitorio hasta 2032.

  • Simplificación procedimental
    • Flexibilidad para solicitudes múltiples en hasta 50 diseños, sin obligación de pertenecer a la misma clase Locarno.
    • Se unifican tasas de solicitud y publicación; tasa fija reducida para diseños adicionales).

  • Tasas de renovación y periodo básico
    • Renovación ahora debe solicitarse dentro de los 6 meses antes del vencimiento.
    • Aumentos significativos en las tasas para múltiples renovaciones (1ª a 4ª).

  • Ⓓ Señalización de diseño registrado
    • Se introduce el símbolo “Ⓓ” para indicar la protección de un REUD, similar a ® o ©.

  • Límites al derecho exclusivo

 

  • Se permiten usos de referencia, identificación y comentario, crítica o parodia sin infringir derechos de diseño.

 

Repercusiones para empresas y diseñadores

 

  • Actuar antes del 1 de mayo de 2025 para renovaciones pendientes y evitar tasas más altas.
  • Prepararse antes del 1 de julio de 2026 para presentar diseños digitales, animaciones o GUIs, aprovechando la protección ampliada.
  • Utilizar solicitudes múltiples para optimizar costes y proteger diversos productos en una misma presentación.
  • Marcar productos con el símbolo Ⓓ para disuadir copias y reforzar presencia legal.
  • Desarrollar vigilancia proactiva frente a distribución de archivos 3D no autorizados.

 

Próximos hitos

 

  • Fase II (1 de julio de 2026): normativa secundaria definirá representaciones digitales (vídeo, modelos 3D), procedimientos acelerados de invalidez, y reglas avanzadas para difusión de animaciones.
  • Transposición nacional (hasta 9 de diciembre de 2027): cada Estado miembro implementará en su legislación la Directiva, incluyendo la cláusula de reparación o invalidación administrativa.

 

Conclusión

 

La reforma constituye la revisión más ambiciosa de la legislación de diseños de la UE en las últimas dos décadas. Impulsa una adaptación real al entorno digital y a los retos de la impresión 3D y los activos virtuales. Las empresas que actúen con celeridad y estrategia —optimizando renovaciones, presentaciones múltiples y protección digital— obtendrán ventaja competitiva y una defensa más sólida de su propiedad intelectual. La Fase II y la transposición nacional requerirán seguimiento continuo, con especial atención por parte de profesionales del IP.

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